¿Qué diferencia hay entre un DO y una DO Calificada?
La denominación de origen es una figura que reconoce la calidad de los vinos españoles, además de otros alimentos, pero ¿sabías que también existen vinos con denominación de origen calificada? En este artículo te explicamos qué requisitos debe cumplir un vino para pertenecer a estas categorías y las diferencias que existen entre ambas.
¿Qué es una Denominación de Origen Protegida?
Vinos de Rioja, de Rueda, de Ribera del Duero, Ribeiros… Seguro que conoces muchas de estas denominaciones de origen españolas, pero ¿qué implica pertenecer a esta categoría? La Denominación de Origen Protegida (DOP) distingue a aquellos productos procedentes de una región determinada, cuyas características o calidad se deben ese medio geográfico particular y están producidos íntegramente en la zona geográfica de la que toman el nombre.
En el caso del vino, los requisitos que debe cumplir un vino D.O. están establecidos en la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino. Según esta normativa, para designarse como vinos con denominación de origen, estos deben haber sido elaborados en una región determinada con uvas procedentes de la misma. La delimitación geográfica de una denominación de origen se reserva a terrenos especialmente aptos para el consumo de la vid, que se hayan considerado como ámbito geográfico de un vino de calidad con indicación geográfica (IG) con, al menos, cinco años de antelación.
Además, la ley también señala que los vinos D.O. Deben disfrutar de un prestigio elevado en el tráfico comercial en atención a ese origen y que su calidad y sus características son el resultado, fundamental o exclusivamente, del medio geográfico en el que se producen, incluyendo tanto los factores naturales como humanos.
Vinos Denominación de Origen Calificada
Después de entender en qué consiste una denominación de origen, vamos a ir un paso más allá para descubrir los vinos españoles de calidad con la Denominación de Origen Calificada. Actualmente, solo dos denominaciones españolas han alcanzado este reconocimiento. La primera en lograrlo fue la Denominación de Origen Calificada Rioja, concedida en 1991. En el año 2000, los vinos D.O.Ca. Priorat fueron los segundos en lograr este honor.
Para ser considerados vinos D.O.Ca., los vinos deben cumplir con unos criterios aún más estrictos que los vinos D.O.:
- Los vinos Denominación de Origen Calificada deben pertenecer a una denominación de origen con al menos 10 años de antigüedad.
- Los terrenos considerados aptos para producir vinos con Denominación de Origen Calificada deben estar delimitados cartográficamente dentro de su zona de producción.
- Las bodegas inscritas tendrán que ser independientes, trabajar únicamente con uvas procedentes de viñedos inscritos o vinos o mostos procedentes de bodegas inscritas en la misma D.O.Ca. y producir exclusivamente vinos con derecho a esta denominación o, en su caso, vinos de pago calificados ubicados en su territorio.
- A la hora de su comercialización, los vinos Denominación de Origen Calificada han de ser embotellados en bodegas inscritas y ubicadas en la zona geográfica delimitada.
Finalmente, tanto si se trata de un vino con Denominación de Origen como uno con Denominación de Origen Calificada, su gestión se realiza a través de un Consejo Regulador, encargado de garantizar que estos vinos cumplen los altos estándares de calidad que se espera de ellos. Ahora que ya los conoces, ¿te animas a probarlos?